¿Qué es la compensación por tiempo de servicio CTS?
La Compensación por Tiempo de Servicio CTS es un derecho laboral fundamental que se otorga a todos los trabajadores formales. Es una remuneración adicional que las empresas brindan a sus empleados, con el propósito de establecer un fondo de previsión en caso de finalizar la relación laboral, lo que podría generar una falta de ingresos.
¿Quiénes tienen derecho a la compensación por tiempo de servicio CTS?
Las empresas están obligadas a depositar la compensación por tiempo de servicio CTS en las cuentas de sus trabajadores que se encuentran en planilla y que laboran un mínimo de cuatro horas diarias en una empresa privada. Estos depósitos deberán efectuarse semestralmente en la institución financiera elegida por el trabajador.
¿Cuáles son los plazos o fechas para el depósito de la compensación por tiempo de servicio CTS?
Los plazos establecidos por la norma:
- 15 de mayo para el período noviembre – abril
- 15 de noviembre para el período mayo – octubre.
Es importante destacar que el pago de este beneficio para el período noviembre 2022 – abril 2023 vence el 15 de mayo de 2023. La compensación por tiempo de servicio CTS debe ser depositada en una cuenta bancaria a nombre del trabajador en una entidad financiera autorizada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
¿Qué pasa cuando no cumplen con el depósito de la compensación por tiempo de servicio CTS?
En caso de que las empresas no cumplan con el depósito de este dinero a sus trabajadores, deberán adicionar los intereses financieros correspondientes, además de una multa por la cual serán sancionadas.
¿Cuáles son los intereses generados por el pago fuera de plazo de la Compensación por Tiempo de Servicio CTS?
Cuando el empleador no cumple con depositar la CTS dentro de los plazos establecidos por la norma, se genera una CTS extemporánea, que obliga al empleador a incluir un monto adicional por los intereses generados por el no depósito a tiempo. El artículo 56 del Decreto Supremo N.° 001-97-TR establece que «Cuando el empleador deba efectuar directamente el pago de la compensación por tiempo de servicios o no cumpla con realizar los depósitos que le corresponda, quedará automáticamente obligado al pago de los intereses que hubiera generado el depósito de haberse efectuado oportunamente».
¿Qué es CTS extemporánea?
Es el pago total de la CTS que le corresponde al trabajador, incluyendo intereses y la multa correspondiente. Para la regularización de intereses por CTS extemporánea, se considera la tasa efectiva anual que los bancos, cajas o entidades financieras prometen pagar a los trabajadores por los depósitos semestrales que se realicen en la cuenta CTS de las mismas entidades. La tasa de interés a aplicar dependerá de cada depositario donde se debió realizar el depósito. La metodología de cálculo se basa en la tasa de depósitos de CTS que cada entidad financiera considera por este servicio y según el tipo de moneda. La forma del cálculo dependerá de la entidad donde se efectuó el depósito. Es importante mencionar que el trabajador puede elegir entre: La tasa promedio de depósitos de CTS o la tasa legal laboral para el cálculo de intereses, y elegir la que más le beneficie. Además, si el trabajador no tiene una cuenta CTS en una entidad o por motivo de cese, los intereses deberán regularizarse directamente en su liquidación de beneficios sociales.
¿Cuáles son los ingresos considerados para el cálculo de la CTS?
También llamados los ingresos computables, son aquellos días en los cuales el trabajador ha prestado labor efectiva. Sin embargo, también se consideran días computables por excepción:
Ingresos Considerados (Remuneraciones Computables) | ||
Tipo | Ejemplos | |
Remuneraciones Principales | Fijas | Sueldo o jornal básico |
Variables o imprecisas | Comisiones o destajo | |
Remuneraciones Complementarias | Fijas | Bonificación al Cargo, Asignación Familiar |
Variables o imprecisas | Horas extras, bonificación por turnos, por productividad, por cumplimiento de metas. | |
Periódicas | Periodicidad menor a un semestre* | Bonificaciones, asignaciones |
Periodicidad semestral | Gratificaciones Legales de Fiestas Patrias y Navidad | |
Periodicidad mayor a 6 meses hasta 1 año | Asignación por retorno de vacaciones |
¿Cuáles son los días considerados para el cálculo de la CTS?
También llamados los días computables, son aquellos días en los cuales el trabajador ha prestado labor efectiva. Sin embargo, también se consideran días computables por excepción (Ley art 8º):
Dias Considerados (Dias Computables) |
Las inasistencias hasta por 60 días, motivadas por accidente de trabajo o enfermedad profesional o por enfermedad, debidamente comprobados (ESSALUD o médico particular), Dicho límite se computa en cada periodo anual comprendido entre el 1 de noviembre de un año y el 31 de octubre del año siguiente. |
Las inasistencias hasta por 98 días, motivadas por días de descanso pre y postnatal (en caso de nacimiento múltiple o nacimiento de hijo con discapacidad, 128 días). |
La suspensión de la relación laboral con pago de remuneración por el empleador. Se considera la licencia con goce de haber, los días de licencia sindical pagados, los permisos con pago de remuneraciones para acudir a ESSALUD, los días de vacaciones, feriados y de descanso semanal obligatorio, entre otros. |
Los días de huelga, siempre que no haya sido declarada improcedente o ilegal. |
Los días que devenguen remuneraciones en un procedimiento de reposición o nulidad. |
El tiempo de servicios prestado en el extranjero siempre que el trabajador mantenga vínculo laboral vigente con el empleador que lo contrató en el Perú (D.S. Nº 004-97-TR, art. 4º). |
¿Cómo se calcula la compensación por tiempo de servicio CTS?
El cálculo de la compensación por tiempo de servicio CTS se realiza en función del tiempo de servicio que el trabajador ha prestado a su empleador y de una fracción del salario que percibe el trabajador. La fracción que se toma en cuenta para el cálculo es el 1/6 del total de las remuneraciones que haya recibido el trabajador en los últimos seis meses de trabajo.
Hay muchos casos para hacer el cálculo de CTS como:
I. TRABAJADORES REMUNERADOS MENSUALMENTE
- Trabajador que percibe remuneración fija y permanente
- Trabajador con remuneración variable e imprecisa
- Trabajador destajero
- Trabajador que percibe horas extras
- Trabajador con remuneración fija que percibe diversas bonificaciones
- Trabajador que no ha laborado el semestre completo
II. TRABAJADORES REMUNERADOS SEMANALMENTE
- Trabajador que percibe remuneración semanal calculado por un semestre completo
- Trabajador que percibe remuneración semanal además de comisiones, contabilizado por un período menor a un semestre
III. TRABAJADOR AL QUE NO SE LE DEPOSITO la cts EN NOVIEMBRE 2022
IV. CÁLCULO DE LA CTS AL CESE DEL TRABAJADOR
Para esta oportunidad como Ejemplo de calculo de CTS
(dependiendo de la situación laboral de cada uno) tomaremos el caso de un Trabajador que percibe remuneración fija y permanente:
Por ejemplo:
A. Remuneración computable:
- Básico: S/. 2,500.00
- Asignación familiar: 102.50
- Alimentación principal: 150.00
- 1/6 de la gratificación: 450,00
♦Total: S/. 3,202.50
B. Cálculo del monto a depositar:
Remuneración Computable | N° de meses al año | N° de meses a depositar | Total a Depositar |
S/. 3,202.50 | ÷ 12 | x 6 | S/. 1,601.25 |
En este caso, el trabajador tendría derecho a recibir S/ 1,601.25 como compensación por tiempo de servicio CTS.
Si necesitas una consulta mas detallada, Cuéntanos: ¿cuál es tu situación? te invitamos a que nos envies un mensaje o nos llames a cualquiera de nuestros medios de contacto.
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